CNCiv., sala J, 06/05/26, Ballesteros, Gustavo Alberto c. Palacios Nidia Graciela y otro s. cobro de sumas de dinero
Inmueble en Uruguay. Donación con reserva de
usufructo. Pago de expensas. Reembolso. Prueba y aplicación de derecho
extranjero. Código Civil y Comercial: 2595. Tratado de Derecho Civil
Internacional de Montevideo de 1940. Código Civil uruguayo.
Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el
02/06/26.
En Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los 6 días del mes de
mayo de dos mil veintiséis, reunidos en Acuerdo los señores jueces de la Excma.
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala “J”, para conocer en los
recursos interpuestos en los autos caratulados “Ballesteros, Gustavo
Alberto c/ Palacios Nidia Graciela y otro s/ cobro de sumas de dinero” de
la sentencia de fecha, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:
¿Es ajustada a derecho la sentencia apelada?
Practicado el sorteo resultó que la votación debía efectuarse en el
siguiente orden: señor juez de Cámara, doctor Maximiliano L. Caia, la
señora jueza de Cámara, doctora Gabriela M. Scolarici y la señora jueza
de Cámara, doctora Beatriz A. Verón.
A la cuestión propuesta, el Dr. Maximiliano L. Caia dijo:
La sentencia recurrida rechazó la demanda, con costas.
Contra dicho pronunciamiento se alza la parte actora.
El llamamiento de autos se encuentra firme, quedando de esta manera los
presentes en estado de dictar sentencia.
I.- Los antecedentes
Presentaré, resumidas, las posiciones sostenidas por los sujetos procesales
intervinientes en la causa y las aristas dirimentes del conflicto suscitado que
estimo útiles para su elucidación (CSJN, Fallos 228:279 y 243:563).
Refiere el actor ser donatario de un inmueble sito en Punta del Este, Maldonado, República Oriental del Uruguay, en virtud de la escritura suscripta el 23 de septiembre de 2014, por la cual la señora Angelina Barberio le transmitió a título gratuito la nuda propiedad del inmueble en cuestión, en cuya ocasión reservó para sí el usufructo vitalicio y gratuito.

