Juz. Nac. Com. 24, secretaría 47, 19/06/03, Antonio Espósito S.A. s. concurso preventivo s. incidente de verificación por Basf Aktiengesellschaft A.G.
Concurso preventivo. Verificación de crédito. Compraventa internacional de mercaderías. Incoterms. Cláusula CFR - Alemania. Pesificación. Dec. 410/02. Excepciones. Inaplicabilidad.
La sentencia fue revocada por
Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 31/03/08.
1º instancia.- Buenos Aires, 19 de junio de 2003.-
Y vistos: Estos autos, para resolver la verificación de crédito promovida a fs. 27/28.
Y considerando:
A fs. 37 la concursada contesta el traslado conferido de conformidad, pero con la salvedad de que el crédito sea reconocido en moneda nacional.
A fs. 49 el síndico se expide en igual sentido que la concursada.
2. Ahora bien, frente a las constancias acompañadas en autos, y ante la conformidad que en cuanto a la procedencia del reclamo prestan la sindicatura y la concursada, corresponde tener por acreditada la existencia, causa, legitimidad y extensión del crédito de que se trata.
En cuanto a la pretensión de verificar en moneda extranjera, toda vez que el presente no se encuentra comprendido entre los supuestos de excepción previstos por el dec. 410/2002, el crédito reclamado será reconocido en moneda nacional.
Se hace lugar entonces a la pretensión inicial, declarando verificado a favor del incidentista la suma de $33.660.- como quirografario.
3. Las costas, en atención a que no fue acreditada imposibilidad alguna de concurrir a insinuar los créditos ante la sindicatura oportunamente, se imponen a los incidentistas.
4. Por lo expuesto resuelvo: a) declarar verificado un crédito en el concurso de Antonio Esposito S.A. a favor de Basf A.G., por la suma de $ 33.660.- como quirografario; b) imponer las costas al incidentista; c) notifíquese; d) firme, tómese nota en los autos principales.- M. E. Ballerini.
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