martes, 4 de agosto de 2026

Electrogreen SA c. Sinohydro Corporation Ltd.

CNCom., sala D, 30/06/26, Electrogreen SA c. Sinohydro Corporation Ltd. y otro s. ordinario

Arbitraje internacional. Arbitraje con sede en Argentina. Reglamento de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI). Ley de Arbitraje Comercial Internacional: 13, 98, 99. Recurso de nulidad del laudo. Tribunal competente. Presentación al juez de primera instancia. Rechazo.

Resumen DIPr Argentina: La Sala D de la Cámara Comercial confirmó la incompetencia del juez de primera instancia para conocer de una acción de nulidad de un laudo arbitral internacional dictado en un arbitraje CEMA sustanciado conforme al Reglamento CNUDMI. El tribunal sostuvo que, de acuerdo con la Ley de Arbitraje Comercial Internacional, el pedido de nulidad debe presentarse directamente ante la Cámara de Apelaciones competente y no ante un juez de primera instancia. Asimismo, declaró extemporánea la impugnación por haber sido deducida fuera del plazo de treinta días previsto en la ley.

Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 04/08/26.

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lunes, 3 de agosto de 2026

Rosa, Elizabeth Virginia c. Almundo.com

CFed. Apel., Bahía Blanca, sala II, 04/06/26, Rosa, Elizabeth Virginia y otro c. Almundo.com SRL y otro s. daños y perjuicios

Transporte aéreo internacional. Transporte de personas. Alemania – Italia. Cancelación del vuelo. Incumplimiento contractual. Responsabilidad. Convenio de Montreal de 1999. Código Aeronáutico. Ley de defensa del consumidor. Reembolso del precio. Gastos de traslado y alojamiento. Daño moral.

Resumen DIPr Argentina: La Cámara Federal de Bahía Blanca confirmó, por mayoría, la condena impuesta a Alitalia y a Almundo por los daños derivados de la cancelación de un vuelo internacional entre Berlín y Roma. El tribunal reiteró la aplicación prioritaria del Convenio de Montreal y del Código Aeronáutico, con aplicación supletoria de la Ley de Defensa del Consumidor, confirmó la responsabilidad de ambas demandadas por el incumplimiento del contrato de transporte y modificó únicamente la tasa de interés aplicable a las indemnizaciones fijadas en dólares y euros. También confirmó, por mayoría, la indemnización por daño moral.

Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 03/08/26.

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viernes, 31 de julio de 2026

MC Ingenierías en Servicios SRL c. Fluor Canada Ltd.

CNCom., sala D, 14/07/26, MC Ingenierías en Servicios SRL c. Fluor Canada Ltd. s. ordinario

Arbitraje internacional. Arbitraje CCI. Recurso de nulidad. Idioma del arbitraje. Laudo parcial. Orden procesal. Inimpugnabilidad.

Resumen DIPr Argentina: La Sala D de la Cámara Comercial declaró inadmisible la impugnación de nulidad promovida contra una orden procesal dictada en un arbitraje comercial internacional administrado por la Cámara de Comercio Internacional (CCI), que había fijado el inglés como idioma del procedimiento. El tribunal destacó que esa decisión no constituye un laudo arbitral, sino una medida de organización del proceso, y reiteró que las órdenes procesales no son susceptibles de impugnación autónoma ante los jueces estatales, sin perjuicio de que eventuales irregularidades puedan invocarse al solicitar la nulidad del laudo definitivo.

Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 31/07/26.

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jueves, 30 de julio de 2026

Infantino Camio, Josefina c. Aerolíneas Argentinas

CNCiv. y Com. Fed., sala I, 26/02/26, Infantino Camio, Josefina c. Aerolíneas Argentinas SA y otro s. daños y perjuicios

Transporte aéreo internacional. Transporte de personas. Argentina – España. Vuelo circular. Cancelación del vuelo. Pandemia COVID. Convenio de Montreal de 1999. Ley de defensa del consumidor. Aplicación subsidiaria. Plazo para demandar. Caducidad y no prescripción.

Resumen DIPr Argentina: La Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal revocó la resolución que había declarado la caducidad de la acción promovida por una pasajera contra Aerolíneas Argentinas y Despegar por el incumplimiento de un contrato de transporte aéreo internacional durante la pandemia de COVID-19. El tribunal modificó su criterio anterior y sostuvo que el plazo de dos años previsto en el art. 35 del Convenio de Montreal constituye un supuesto de caducidad del derecho. No obstante, consideró que, en las particulares circunstancias del caso, la acción había sido promovida tempestivamente, ponderando la reprogramación del vuelo, el procedimiento ante el COPREC y la mediación prejudicial obligatoria.

Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 30/07/26.

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miércoles, 29 de julio de 2026

Medina, Mario César s. sucesión ab-intestato

CNCiv., sala A, 17/07/26, Medina, Mario César s. sucesión ab-intestato.

Sucesiones. Heredero domiciliado en el extranjero (Venezuela). Notificación por edictos.

Resumen DIPr Argentina: La Sala A de la Cámara Civil confirmó el rechazo del planteo de nulidad formulado por un heredero con domicilio en Venezuela en un proceso sucesorio. El tribunal consideró que la citación prevista en el art. 699 del Código Procesal mediante cédula u oficio solo corresponde respecto de los herederos con domicilio conocido en la Argentina, mientras que los domiciliados en el extranjero quedan válidamente citados mediante edictos. Asimismo, destacó que, aun frente a una eventual irregularidad, la nulidad exige la acreditación de un perjuicio concreto, extremo que no se verificaba en el caso.

Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 29/07/26.

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