Juz. Fed. 2, Tucumán, 19/06/26, Jabulissa SRL c. Newport Cargo SA (hoy DVS Air & Sea SA) y otro s. daños y perjuicios
Transporte aéreo internacional. Transporte de mercaderías. Argentina –
Estados Unidos. Convenio de Montreal de 1999. Convención de Varsovia: 29. Plazo
para demandar. Caducidad. Mediación previa. Carga refrigerada. Pérdida de
certificado fitosanitario. Presencia de insectos. Rechazo de la mercadería. Devolución
a Argentina. Destrucción total. Documentos en idioma extranjero. Falta de
traducción. CPCCN: 123. Rechazo. Incoterms. Cláusula CFR Miami. Transmisión de
los riesgos. Rechazo de la demanda.
Resumen DIPr Argentina: El Juzgado Federal de Tucumán rechazó la demanda
promovida por Jabulissa contra Newport Cargo, LAN y su aseguradora por los
daños derivados de la contaminación de un cargamento de arándanos transportado
desde Tucumán a Miami. El tribunal rechazó la caducidad prevista en el art. 35
del Convenio de Montreal, al considerar que el requerimiento de mediación
iniciado dentro del plazo resultó suficiente para ejercer la acción. Sin
embargo, desestimó los reclamos indemnizatorios, entre otros motivos, porque la
mercadería sufrió el daño bajo la guarda de LAN y, conforme al Incoterm CFR, el
perjuicio patrimonial correspondía al importador.
Sentencia no firme.
Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 18/08/26.
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