martes, 28 de julio de 2026

Z., J. A. c. D., S. s. restitución internacional de niños

CNCiv., sala F, 17/07/26, Z., J. A. c. D., S. s. restitución internacional de niños

Restitución internacional de menores. Residencia previa de los menores en Estados Unidos. Mudanza de la familia a la Argentina. Retención ilícita. Inexistencia. Convención sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores La Haya 1980. Convención sobre los Derechos del Niño. Interés superior del niño. Rechazo de la restitución.

Resumen DIPr Argentina: La Sala F de la Cámara Civil confirmó el rechazo de una demanda de restitución internacional de tres niños promovida al amparo del Convenio de La Haya de 1980. El tribunal consideró que no se encontraba configurado un traslado o retención ilícita, al concluir que ambos progenitores habían acordado trasladar la residencia habitual del grupo familiar desde los Estados Unidos a la Argentina. Para ello, ponderó de manera conjunta diversas circunstancias objetivas, entre ellas el ingreso al país con pasajes solo de ida, el envío de un contenedor con los bienes del hogar, la finalización del contrato de alquiler en el país de origen y el proyecto común de radicación familiar en la Argentina.

Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 28/07/26.

Para leer el fallo completo haga clic en el título.

lunes, 27 de julio de 2026

Sobek, Miguel Alejandro c. Latam Airlines Group

CNCiv. y Com. Fed., sala III, 16/09/25, Sobek, Miguel Alejandro c. Latam Airlines Group SA s. daños y perjuicios

Transporte aéreo internacional. Transporte de personas. Argentina – Chile – Estados Unidos. Fecha errónea. Pasaje inmodificable y no reembolsable. Convenio de Montreal de 1999. Código Aeronáutico. Condiciones Generales del Contrato de Transporte Aéreo. Ley de defensa del consumidor. Deber de información. Devolución del precio. Improcedencia. Rechazo de la demanda.

Resumen DIPr Argentina: La Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal confirmó el rechazo de la demanda promovida contra LATAM Airlines por un pasajero que reclamaba la devolución del precio de pasajes internacionales no utilizados, adquiridos con tarifas promocionales. El tribunal consideró acreditado que la aerolínea había informado de manera clara las condiciones de las distintas tarifas contratadas y que las restricciones relativas a cambios y devoluciones se ajustaban a la normativa aeronáutica aplicable. Asimismo, reiteró que la Ley de Defensa del Consumidor resulta aplicable en forma supletoria y que, en el caso, no se verificó incumplimiento de los deberes de información ni de trato digno.

Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 27/07/26.

Para leer el fallo completo haga clic en el título.

viernes, 24 de julio de 2026

Cheer Saagar Exports c. Kowzef

CNCom., sala D, 14/07/26, Cheer Saagar Exports c. Kowzef SA s. ordinario

Compraventa internacional de mercaderías. Vendedor: India. Comprador: Argentina. Falta de pago del precio. Convención sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías Viena 1980: 79. Incoterms. Cláusula FOB – Nhava Sheva. Lugar de cumplimiento. Entrega de la mercadería. Transferencia de riesgo. Excesiva onerosidad sobreviniente. Inaplicabilidad.

Resumen DIPr Argentina: La Sala D de la Cámara Comercial confirmó la condena impuesta a una sociedad argentina por el saldo impago de una compraventa internacional de mercaderías celebrada con una empresa de la India. El tribunal rechazó la defensa fundada en la pandemia de COVID-19 y la teoría de la imprevisión, destacando que la compradora ya se encontraba en mora antes de la emergencia sanitaria y reiterando que la excesiva onerosidad sobreviniente no resulta aplicable, en principio, a este tipo de operaciones internacionales. Asimismo, confirmó que el precio debía abonarse en dólares estadounidenses y no en su equivalente en moneda nacional.

Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 24/07/26.

Para leer el fallo completo haga clic en el título.

jueves, 23 de julio de 2026

Sánchez Montero, Matías Fernando c. Aerolíneas Argentinas

CNCiv. y Com. Fed., sala III, 25/06/26, Sánchez Montero, Matías Fernando c. Aerolíneas Argentinas SA s. incumplimiento de contrato

Transporte aéreo internacional. Transporte de personas. España – Argentina. No presentación a embarcar. Pasaje no reembolsable. Convenio de Montreal de 1999. Código Aeronáutico. Condiciones Generales del Contrato de Transporte Aéreo. Ley de defensa del consumidor. Deber de información. Devolución del precio. Daño moral. Daño punitivo. Rechazo de la demanda.

Resumen DIPr Argentina: La Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal confirmó el rechazo de la demanda promovida contra Aerolíneas Argentinas por un pasajero que, tras adquirir un pasaje internacional con tarifa promocional no reembolsable, decidió no utilizarlo y reclamó la devolución de su precio. El tribunal consideró acreditado que la aerolínea había informado de manera clara las restricciones de la tarifa contratada y que el régimen aeronáutico y el Convenio de Montreal prevalecen sobre la Ley de Defensa del Consumidor en las cuestiones específicamente reguladas. Asimismo, confirmó la imposición de costas al actor, sin perjuicio del beneficio de justicia gratuita.

Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 23/07/26.

Para leer el fallo completo haga clic en el título.

miércoles, 22 de julio de 2026

Import Velez SRL c. Rudolf Riester GMBH

CNCom., sala F, 29/06/26, Import Velez SRL c. Rudolf Riester GMBH s. ordinario

Cooperación judicial internacional. Traslado de demanda. Notificación. Demandado con domicilio en Alemania. Juicio en trámite en Argentina. Exhorto. Copia de la demanda. Documental. Traducción. Eximición. Acceso a la justicia. Ampliación de plazo.

Resumen DIPr Argentina: La Sala F de la Cámara Comercial revocó la resolución que exigía traducir íntegramente diversa documentación para diligenciar un exhorto diplomático dirigido a Alemania. El tribunal consideró que, en el contexto de la digitalización del expediente judicial, no resultaba necesario traducir documentos redactados en español o previamente recibidos por la demandada, siempre que pudieran ser consultados electrónicamente. Asimismo, amplió el plazo para contestar la demanda y dispuso dejar constancia de la disponibilidad remota de la documentación, privilegiando una interpretación flexible de las normas procesales compatible con el derecho de defensa y el acceso a la justicia.

Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 22/07/26.

Para leer el fallo completo haga clic en el título.