CNCom., sala F, 04/03/26, Climent, Marcelo Ricardo y otro c. Lufthansa Líneas Aéreas Alemanas s. sumarísimo
Transporte aéreo internacional. Transporte de personas. Argentina – Alemania
– Países Bajos. España – Alemania – Argentina. COVID 19. Cancelación del viaje.
Fuerza mayor. Convenio de Montreal de 1999. Inaplicabilidad. Ley de defensa del
consumidor. Responsabilidad. Reemisión de los pasajes. Daño moral. Daño
punitivo. Limitación de responsabilidad. Improcedencia.
Resumen DIPr Argentina: La Sala F de la Cámara Comercial confirmó
sustancialmente la condena impuesta a Lufthansa por el incumplimiento de un
contrato de transporte aéreo internacional cancelado durante la pandemia de
COVID-19. El tribunal entendió que, aun cuando la cancelación obedeció a un
supuesto de fuerza mayor, la aerolínea incumplió sus deberes posteriores al no
reprogramar el viaje, reintegrar el precio ni brindar una respuesta adecuada a
los pasajeros. Asimismo, confirmó la condena a emitir nuevos pasajes, la
reparación del daño moral y elevó el monto del daño punitivo. El fallo
privilegia la aplicación del derecho del consumidor, con escaso análisis del
régimen internacional aplicable.
Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 29/06/26.
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