CNCiv. y Com. Fed., sala III, 07/08/26, Da Tos, Joaquín Ricardo c. Iberia Líneas Aéreas de España SA s. incumplimiento de contrato
Transporte aéreo internacional. Transporte de personas.
Brasil – Francia. Cancelación del pasaje. Error en la tarifa. Incumplimiento
contractual. Responsabilidad. Relación de consumo. Ley de defensa del
consumidor. Convenio de Montreal de 1999. Condiciones Generales del Contrato de
Transporte Aéreo. Condena a entregar los pasajes o su valor actualizado. Daño
punitivo. Improcedencia.
Resumen DIPr
Argentina: La Sala
III de la Cámara Civil y Comercial Federal confirmó sustancialmente la condena
impuesta a Iberia por la cancelación unilateral de pasajes internacionales
adquiridos mediante una tarifa promocional que la aerolínea atribuyó a un error
tarifario. El tribunal consideró que la oferta fue válida y vinculante, pues el
error no resultaba reconocible para el consumidor, y que la Resolución 1532/98
no habilitaba a cancelar pasajes ya emitidos y confirmados. En consecuencia,
mantuvo el cumplimiento forzado, aunque dispuso descontar el importe
previamente reembolsado al pasajero y distribuyó las costas en un 90% a la
demandada y 10% al actor.
Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 12/08/26.
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