miércoles, 2 de septiembre de 2026

GGM SA s. concurso preventivo c. incidente de revisión por Asics America Corporation

CNCom., sala D, 27/08/26, GGM SA s. concurso preventivo c. incidente de revisión por Asics America Corporation y otro

Arraigo. Actor con domicilio en el extranjero (Estados Unidos). Código Civil y Comercial: 2610. Garantía del acceso a la jurisdicción. Igualdad de trato procesal. CPCCN: 348. Derogación. Verificación de crédito. Reconocimiento de laudo extranjero.

Resumen DIPr: La Cámara Comercial confirmó el rechazo de la excepción de arraigo opuesta contra una sociedad extranjera y declaró verificado su crédito originado en un laudo arbitral internacional reconocido por exequátur. El Tribunal sostuvo que el art. 2610 del CCyCN consagra la igualdad de trato procesal y veda exigir cauciones por la condición de foráneo o falta de bienes en el país, derogando implícitamente el arraigo. Asimismo, resolvió que la cosa juzgada del laudo arbitral resulta oponible al concursado que consintió la sede arbitral, impidiéndole reabrir el examen causal del crédito en el proceso concursal.

Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 02/09/26.

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lunes, 31 de agosto de 2026

Almonacid, María Florencia c. Almundo.com

CFed. Apel., Córdoba, sala B, 27/07/26, Almonacid, María Florencia c. Almundo.com SRL y otro s. ley de defensa del consumidor

Transporte aéreo internacional. Transporte de personas. Argentina – Portugal. Cambio de fecha del pasaje de regreso. Pasaje no cancelable ni reembolsable. Información errónea de la agencia. Incumplimiento contractual. Convención de Varsovia de 1929. Protocolo de La Haya de 1955. Protocolo IV de Montreal de 1975. Código Aeronáutico. Condiciones Generales del Contrato de Transporte Aéreo de Pasajeros. Relación de consumo. Ley de defensa del consumidor. Convención internacional sobre contrato de viaje Bruselas 1970. Deber de información. Condena a la agencia. Responsabilidad. Daño moral.

Resumen DIPr Argentina: La Cámara Federal de Córdoba (Sala B) confirmó la condena parcial contra Almundo.com S.R.L. por los daños derivados de la falta de reprogramación de un pasaje de regreso desde Lisboa a Buenos Aires. El tribunal responsabilizó a la agencia de viajes, bajo el régimen de defensa del consumidor (Ley 24.240) y el art. 14 del Dec. 2182/72, por haber brindado información falaz a la pasajera al confirmarle falsamente que su billete había quedado abierto. A su vez, ratificó la eximición de responsabilidad de Iberia y la procedencia del daño patrimonial y moral.

Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 31/08/26.

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viernes, 28 de agosto de 2026

Lhomy, Marcos c. Iberia Líneas Aéreas de España

CNCiv. y Com. Fed., sala III, 28/08/26, Lhomy, Marcos c. Iberia Líneas Aéreas de España SA s incumplimiento de contrato

Transporte aéreo internacional. Transporte de personas. Brasil – Francia. Cancelación del pasaje.  Error en la tarifa. Incumplimiento contractual. Responsabilidad. Relación de consumo. Ley de defensa del consumidor. Convenio de Montreal de 1999. Código Aeronáutico. Condiciones Generales del Contrato de Transporte Aéreo. Condena a entregar los pasajes o su valor actualizado. Daño moral. Rechazo. Daño punitivo. Improcedencia.

Resumen DIPr Argentina: La Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal confirmó la condena a Iberia por la cancelación unilateral de un pasaje internacional adquirida a una tarifa que la aerolínea atribuyó a un error de carga. El tribunal consideró que no se acreditó que el error fuera reconocible para el pasajero y que la oferta resultaba vinculante para la transportista. Asimismo, señaló que el caso presenta las mismas circunstancias que otros precedentes de la Sala, resueltos en sentido contrario a Iberia. En consecuencia, confirmó el cumplimiento forzado de la prestación, con las precisiones efectuadas respecto del reintegro ya percibido por el actor.

Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 28/08/26.

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viernes, 21 de agosto de 2026

Pellicciaro, Néstor Luis c. Viajes Online y Lufthansa

CNCom., sala F, 18/08/26, Pellicciaro, Néstor Luis c. Viajes Online SA y otros s. sumarísimo

Transporte aéreo internacional. Transporte de personas. Argentina – Suecia – Italia – Argentina. COVID 19. Cancelación del viaje. Fuerza mayor. Falta de reintegro del precio. Convenio de Montreal de 1999. Código Aeronáutico. Condiciones Generales del Contrato de Transporte Aéreo de Pasajeros. Ley de defensa del consumidor. Aplicación subsidiaria. Ley 27.563. Responsabilidad. Daño moral. Daño punitivo. Limitación de responsabilidad. Improcedencia.

Resumen DIPr Argentina: La Sala F de la Cámara Comercial confirmó la condena impuesta a Lufthansa y a las agencias Viajes Online y TTS por la falta de restitución del precio de pasajes internacionales cancelados durante la pandemia. El tribunal consideró aplicable la normativa de defensa del consumidor y sostuvo que el límite de responsabilidad del Convenio de Montreal no alcanza a incumplimientos autónomos posteriores a la frustración del transporte, como la falta de información, respuesta y restitución. Asimismo, confirmó la condena solidaria por daño moral y daño punitivo, y mantuvo los intereses fijados en el doble de la tasa activa del Banco Nación.

Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 21/08/26.

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jueves, 20 de agosto de 2026

S., A. F. c. P., D. M. s. divorcio

CNCiv., sala M, 06/08/26, S., A. F. c. P., D. M. s. divorcio

Cooperación judicial internacional. Notificación en el extranjero (Brasil). Traslado de demanda. Pedido de notificación por WhatsApp. Rechazo. Notificación por exhorto.

Resumen DIPr Argentina: La Sala M de la Cámara Civil confirmó la decisión que ordenó notificar mediante exhorto diplomático el traslado de una demanda de divorcio y su propuesta reguladora al cónyuge residente en Brasil. Rechazó que pudiera utilizarse WhatsApp como medio de notificación, pues el art. 136 del CPCCN exige que el traslado de la acción se practique por cédula o acta notarial. El tribunal consideró que la demora y el costo del exhorto no justificaban apartarse de las formas legales, aun frente a las circunstancias familiares y económicas invocadas, dado que se encuentra comprometida la garantía de defensa en juicio.

Publicado por Julio Córdoba en DIPr Argentina el 20/08/26.

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